viernes, 15 de enero de 2016

Sobre el parte de lesiones

Duelo a garrotazos, Francisco de Goya

La atención médica a una persona detenida provoca controversias y es fuente de conflictos entre profesionales de la Salud, Justicia e Interior, sobre todo en referencia a la responsabilidad en la exploración y asistencia de estas personas. La amplia normativa al respecto hace que el médico de familia se encuentre a veces en la tesitura del desconocimiento de la norma y de dudar sobre el correcto proceder. A lo largo de texto se ha intentado reflejar los aspectos fundamentales sobre la atención sanitaria al detenido y que se encuentran en la legislación internacional, la nacional y la específica al respecto. Se establecen protocolos y algoritmos que ayudarán al lector a comprender más y mejor las claves en la atención a personas detenidas, como la obligación o no en la atención por parte del médico de familia, responsabilidad, procedimientos que se deben seguir, y derivación a otros estamentos.
La lectura de este párrafo sobre la atención a un detenido por lesiones, en el blog "Las Sesiones de San Blas", nos hace reparar en las dudas que hay en torno al parte de lesiones en general. Dudas derivadas de la falta de concreción normativa, de la supuesta competencia del forense (reconocimiento médico) y del farragoso parte de lesiones. O de los diferentes partes de lesiones, porque parecen ser diferentes en cada comunidad autónoma, y buscando en la Red solo encuentro el que publicita la Junta de Andalucía, que se concreta AQUÍ (Parte al Juzgado de Guardia para la comunicación de asistencia sanitaria por lesiones). En el de Galicia se añade un dibujo para marcar las lesiones concretas.

No deja de sorprender que el médico tenga que recoger en un apartado (10) datos que corresponden a un atestado policial. Nos preguntamos sobre su pertinencia. También la necesidad de consentimiento informado para fotografiar lesiones (en consecuencia, deduzco que también tendrá que ser un requisito para fotografiar lesiones dérmicas en la práctica de teledermatología).

Por otra parte, compruebo que el Defensor del Pueblo ha hecho un estudio sobre el parte de lesiones de las personas privadas de libertad, ilustrado con ejemplos de partes de lesiones mal cubiertos, incompletos o incorrectos. Es fácil criticar, sobre todo por quienes observan desde afuera. Pero parece que supone un gran esfuerzo tratar de concretar, simplificar e informar adecuadamente.

Finalmente, enlazo un debate en foro policial sobre la preferencia o no de la atención al detenido, concluyendo sensatamente que se prioriza según gravedad de la urgencia: Retraso en revisión médica a detenido.

Se puede pelear para conseguir algo, sin necesidad de dañar...

Haitian fight song – Mingus Big Band
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Parte de lesiones

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